Trabajo Articulado con "Incluir Salud" del Ministerio de Salud de la provincia
Trabajo articulado con el Programa Incluir Salud
La referente del Programa “Incluir
Salud” del Ministerio de Salud de la provincia Dra. Andrea Nassivera,
acompañada por Luisina Franco e Irina Moreyra integrantes de su equipo, se
reunieron con la Directora de Educación Especial del CGE Prof. Viviana Rodríguez
y el Equipo Técnico Pedagógico de la dirección, para intercambiar aspectos
relativos a las distintas prestaciones que cubre el programa en el marco del “Módulo
de Apoyo a la Integración”; prestación que tiene el objetivo de garantizar
desde el Programa Médico Obligatorio
el acompañamiento docente a las trayectorias escolares de estudiantes con
discapacidad.
Sobre el Programa Incluir Salud:
El Programa Federal Incluir Salud
es un Programa del Estado Nacional que tiene el mismo fin público que el resto
de los Programas Nacionales, tales como REMEDIAR, SUMAR, etc., esto es; el
fortalecimiento mediante financiación específica a la red sanitaria
provincial.-
El objetivo específico es brindar
cobertura médica integral a los titulares de Pensiones Nacionales no
Contributivas, otorgadas y a otorgarse por la Comisión Nacional de Pensiones
Asistenciales (Ministerio de Desarrollo Social de la Nación) que no cuenten con
algún tipo de cobertura de servicios de salud y que se encuentren afiliados al
Programa.–
Consecuentemente, a los fines de
cumplir con el objetivo primordial del Programa, el Ministerio de Salud de la
Nación encomienda, por convenio, a cada jurisdicción provincial, la atención
integral de tales beneficiarios residentes en su ámbito geográfico,
estableciendo en el mismo pautas en lo relativo a la cobertura, accesibilidad,
utilización y calidad, para el cumplimiento del cometido y dispone la
transferencia presupuestaria pertinente para asistirla financieramente.-
Que en tal sentido, se destaca
que los prestadores del Programa son los efectores públicos (HOSPITALES Y
CENTROS DE SALUD DE LA PROVINCIA), los cuales son los encargados de la atención
de los beneficiarios, de la gestión y resolución de los procedimientos administrativos
para dicha atención, el beneficiario es paciente hospitalario.-
Atento ello, la atención del
afiliado se garantiza según capacidad instalada provincial, efectores de salud
que conforman la Red Sanitaria Provincial, recibiendo estos los recursos
económicos para solventar los gastos que demande dicha cobertura mediante
financiación determinada desde la UGP.-
Excepcionalmente, y en los casos
en que la prestación que el beneficiario requiere NO pueda ser brindada por el
sector público por déficit o falta de disponibilidad, mediante derivación
justificada, se contrata con particulares para que brinden dicho servicio
conforme la normativa que rige en la Provincia.-
Todo ello, en los tres niveles de
complejidad y conforme las prestaciones incluidas en el Programa Médico Obligatorio (P.M.O) aprobado por el Ministerio
de Salud de la Nación y/o normas que en su reemplazo se dicten y demás
normativa nacional y provincial aplicable, prestaciones todas que se detallan
en los links de la presente página.-
La atención del beneficiario, el
cual es paciente hospitalario, se realiza con personal de los hospitales y
Centros de Salud. Algunos efectores públicos cuentan con referentes designados
por los Sres. Directores de Hospitales para la atención de los beneficiarios de
INCLUIR SALUD, en el resto la atención del beneficiario se efectúa
indistintamente con los demás pacientes.-
Asimismo, cabe destacar, que los
Municipios también colaboran en la atención del beneficiario del interior, en
aquellos casos que cuentan con dependencias de salud y/o discapacidad.-
INCLUIR SALUD no es una Obra Social por el contrario es un Programa
Nacional con el fin y objetivo público antes descripto, no detenta las
funciones, estructura y obligaciones reguladas por la Ley N° 23.360 “Ley de
Obras Sociales”.-
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